1.
INTRODUCCIÓN
2.
ORGANIZACIÓN
3.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA ETAPA
4. PRINCIPIOS DE NORMALIZACIÓN E INCLUSIÓN
Y NIÑOS CON NECESIDADES ESPECIALES
5.
ORGANIZACIÓN
6.
ENSEÑANZAS MÍNIMAS EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
7. ATENCIÓN
A LA DIVERSIDAD
1.
Introducción
La estructura
de las enseñanzas está regulada por la Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo; las
enseñanzas mínimas de la etapa (65%) se regulan con el Real Decreto 1630/2003,
del 29 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo
ciclo de Educación Infantil; la Ordenación de la Educación Primaria (35%) se
regulan con el Decreto 68/2007 que por Comunidades Autónomas establece y ordena
el currículo de la Educación Infantil en Castilla-La Mancha.
En la Ley
Orgánica de 2006, se habla de los principios y fines que la educación debe
tener para el niño y que se muestran en el artículo 1 y 2:
-
La calidad de
la educación
-
La equidad en
la educación. Debe prestar las mismas oportunidades a todas las personas.
-
La transmisión
y puesta en práctica de valores .
-
La concepción de la educación como un
aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.
-
La flexibilidad para la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del
alumnado, así como a los cambios que experimentan a lo largo de las
etapas.
-
El alumnado y la sociedad.
-
La orientación educativa y profesional
-
El esfuerzo individual
y la motivación del alumnado.
-
El esfuerzo
compartido. Se fomenta el trabajo en grupo.
-
La autonomía de
las actuaciones organizativas y curriculares.
-
La participación de la comunidad
educativa.
-
La educación para la prevención de conflictos y para la
resolución pacífica de los mismos.
-
El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la
igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
-
La consideración de la función docente como factor
esencial de la calidad de la educación.
-
El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la
innovación educativa.
-
La evaluación.
-
La cooperación entre el Estado
y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de
las políticas educativas.
-
La cooperación
y colaboración de las Administraciones educativas con
las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política
educativa.
Ahora se hablará del currículo. Se entiende por currículo el conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación
de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley (L.O.E. 2006).
Con el fin de asegurar
una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el gobierno fijará, en relación con los
objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos
básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas.
Las Administraciones
educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en
la presente Ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en
apartados anteriores. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su
caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía y
tal como se recoge en el capítulo II del título V de la Ley.
Es un currículum
centralizado, abierto y flexible. El sistema educativo L.O.E. establecerá las
enseñanzas mínimas que serán de carácter prescriptivo. Hará el primer nivel de
concreción curricular. El centro establecerá el segundo nivel de concreción
curricular y el tercer nivel lo establecerá el aula con su programación. De
esta forma, el currículo será establecido por tres partes, que lo llevarán a su
cumplimiento.
Hay unas medidas de apoyo
al currículo, que son: coordinación entre las diferentes etapas, formación de
la comunidad educativa, investigación, experimentación e innovación educativa,
desarrollo del plan de lectura y enseñanzas de religión.
2.
Organización
La primera etapa educativa va de los 0 a los 6 años
y está dividida en dos ciclos, de 0 a 3 y de 3 a 6. Es de carácter voluntario y
el segundo ciclo es gratuito.
Con el
objetivo de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o
tutores en la etapa los centros de educación infantil cooperarán estrechamente
con ellos.
3.
Principios generales de la etapa
Las
Administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer
ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente
capítulo.
Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que
impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.
4.
Principios de normalización e inclusión y niños con necesidades
especiales
La atención educativa directa a los niños del
primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean
el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título
de Grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida
titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta
pedagógica a la que hace referencia el apartado 2 del artículo 14, estarán bajo la responsabilidad de un
profesional con el título de Maestro de educación infantil o título de Grado
equivalente.
El segundo ciclo de
educación infantil será impartido por profesores con el título de Maestro y la
especialidad en educación infantil o el título de Grado equivalente y
podrán ser apoyados, en su labor
docente, por maestros de otras
especialidades cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.
5.
Evaluación
La evaluación se extenderá a todos los ámbitos educativos
regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y
resultados de los alumnos, la actividad del profesorado, los procesos
educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la
inspección y las propias Administraciones educativas.
Los organismos responsables de esta evaluación
serán: el Instituto de Evaluación y los organismos correspondientes de las
administraciones educativas y los equipos directivos y el profesorado de los
centros docentes.
Es una evaluación global, continua y formativa.
Sirve para identificar los aprendizajes adquiridos, el ritmo y las
características de cada niño y se toman como referencia los criterios de
evaluación de cada unas de las áreas.
6.
Enseñanzas mínimas en el segundo
ciclo de Educación Infantil
Los fines son contribuir al desarrollo físico,
afectivo, social e intelectual de los niños y niñas y atenderles
progresivamente.
Se pretende: descubrir las características físicas y
sociales del medio, el desarrollo afectivo, las pautas elementales de
convivencia y relación social, los movimientos y hábitos de control corporal,
elaborar una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquirir una
autonomía personal y manifestaciones de la comunicación y del lenguaje.
En el currículo hay ocho competencias básicas, y en
el de Castilla-La Mancha hay nueve:
1. Comunicación
lingüística.
2. Competencia
matemática
3. Competencia
en el conocimiento e interacción con el mundo físico
4. Tratamiento
de la información y competencia digital
5. Competencia
social y ciudadana
6. Cultural
y artística
7. Competencia
aprender a aprender
8. Autonomía
e iniciativa personal
9. Competencia
emocional
Estas competencias están vinculadas a tres áreas de
conocimiento:
1. Conocimiento
de sí mismo y autonomía personal
2. Conocimiento
del entorno
3. Lenguajes:
comunicación y representación
Podemos destacar cuatro objetivos:
1. Observar
y explorar su entorno familiar, natural y social
2. Autonomía,
adquisición de habilidades afectivas, emocionales y sociales y convivencia
3. Desarrollar
habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión
4. Iniciarse
en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el
movimiento, el gesto y el ritmo.
Los objetivos tienen unas funciones básicas:
1. Definen
metas a alcanzar de la etapa
2. Ayudan
a seleccionar, secuenciar y organizar los contenidos y recursos
3. Referentes
para la evaluación del proceso
7.
Atención a la diversidad
Conjunto de actuaciones
educativas dirigidas a dar respuestas al alumnado y a su entorno en función de
las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e
intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud.
Se utiliza la tutoría, que es un proceso de
enseñanza que utiliza un aprendizaje compartido con la familia. Así se ofrece
una continuidad entre el primer ciclo y el segundo.
Bibliografía:
- Sanchidrían, Carmen y Ruiz Berrio. Julio (Coords.) (2010).Hostoria y perspectiva actual de la Educación Infantil. GRAO.
- Apuntes de clase.
- http://edu.jccm.es/cp/cristoballopez/index.php/legislacion/educacion-infantil/55-decreto-672007-curriculo-2o-ciclo-infantil.html
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