lunes, 30 de diciembre de 2013

TEMA 2. MARCO LEGISLATIVO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL

1. INTRODUCCIÓN
2. ORGANIZACIÓN
3. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ETAPA
4. PRINCIPIOS DE NORMALIZACIÓN E INCLUSIÓN Y NIÑOS CON NECESIDADES ESPECIALES
5. ORGANIZACIÓN
6. ENSEÑANZAS MÍNIMAS EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
7. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
1.   Introducción
La estructura de las enseñanzas está regulada por la Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo; las enseñanzas mínimas de la etapa (65%) se regulan con el Real Decreto 1630/2003, del 29 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil; la Ordenación de la Educación Primaria (35%) se regulan con el Decreto 68/2007 que por Comunidades Autónomas establece y ordena el currículo de la Educación Infantil en Castilla-La Mancha.
En la Ley Orgánica de 2006, se habla de los principios y fines que la educación debe tener para el niño y que se muestran en el artículo 1 y 2:
-          La calidad de la educación
-          La equidad en la educación. Debe prestar las mismas oportunidades a todas las personas.
-          La transmisión y puesta en práctica de valores .
-          La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.
-          La flexibilidad para la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan a lo largo de las etapas.
-          El alumnado y la sociedad.
-          La orientación educativa y profesional
-          El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.
-          El esfuerzo compartido. Se fomenta el trabajo en grupo.
-          La autonomía de las actuaciones organizativas y curriculares.
-          La participación de la comunidad educativa.
-          La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos.
-          El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
-          La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación.
-          El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.
-          La evaluación.
-          La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas.
-          La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.
Ahora se hablará del currículo. Se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley (L.O.E. 2006).
Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas.
Las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la presente Ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en apartados anteriores. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía y tal como se recoge en el capítulo II del título V de la Ley.
Es un currículum centralizado, abierto y flexible. El sistema educativo L.O.E. establecerá las enseñanzas mínimas que serán de carácter prescriptivo. Hará el primer nivel de concreción curricular. El centro establecerá el segundo nivel de concreción curricular y el tercer nivel lo establecerá el aula con su programación. De esta forma, el currículo será establecido por tres partes, que lo llevarán a su cumplimiento.
Hay unas medidas de apoyo al currículo, que son: coordinación entre las diferentes etapas, formación de la comunidad educativa, investigación, experimentación e innovación educativa, desarrollo del plan de lectura y enseñanzas de religión.
2.    Organización
La primera etapa educativa va de los 0 a los 6 años y está dividida en dos ciclos, de 0 a 3 y de 3 a 6. Es de carácter voluntario y el segundo ciclo es gratuito.
 Con el objetivo de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en la etapa los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos.
3.    Principios generales de la etapa
Las Administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.
4.    Principios de normalización e inclusión y niños con necesidades especiales
 La atención educativa directa a los niños del primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título de Grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta pedagógica a la que hace referencia el apartado 2 del artículo 14, estarán bajo la responsabilidad de un profesional con el título de Maestro de educación infantil o título de Grado equivalente.
El segundo ciclo de educación infantil será impartido por profesores con el título de Maestro y la especialidad en educación infantil o el título de Grado equivalente y podrán ser apoyados, en su labor docente, por maestros de otras especialidades cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.
5.    Evaluación
La evaluación se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspección y las propias Administraciones educativas.
Los organismos responsables de esta evaluación serán: el Instituto de Evaluación y los organismos correspondientes de las administraciones educativas y los equipos directivos y el profesorado de los centros docentes.
Es una evaluación global, continua y formativa. Sirve para identificar los aprendizajes adquiridos, el ritmo y las características de cada niño y se toman como referencia los criterios de evaluación de cada unas de las áreas.
6.    Enseñanzas mínimas en el segundo ciclo de Educación Infantil
Los fines son contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas y atenderles progresivamente.
Se pretende: descubrir las características físicas y sociales del medio, el desarrollo afectivo, las pautas elementales de convivencia y relación social, los movimientos y hábitos de control corporal, elaborar una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquirir una autonomía personal y manifestaciones de la comunicación y del lenguaje.
En el currículo hay ocho competencias básicas, y en el de Castilla-La Mancha hay nueve:
1.      Comunicación lingüística.
2.      Competencia matemática
3.      Competencia en el conocimiento e interacción con el mundo físico
4.      Tratamiento de la información y competencia digital
5.      Competencia social y ciudadana
6.      Cultural y artística
7.      Competencia aprender a aprender
8.      Autonomía e iniciativa personal
9.      Competencia emocional
Estas competencias están vinculadas a tres áreas de conocimiento:
1.      Conocimiento de sí mismo y autonomía personal
2.      Conocimiento del entorno
3.      Lenguajes: comunicación y representación
Podemos destacar cuatro objetivos:
1.      Observar y explorar su entorno familiar, natural y social
2.      Autonomía, adquisición de habilidades afectivas, emocionales y sociales y convivencia
3.      Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión
4.      Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
Los objetivos tienen unas funciones básicas:
1.      Definen metas a alcanzar de la etapa
2.      Ayudan a seleccionar, secuenciar y organizar los contenidos y recursos
3.      Referentes para la evaluación del proceso
7.    Atención a la diversidad
Conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuestas al alumnado y a su entorno en función de las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud.
Se utiliza la tutoría, que es un proceso de enseñanza que utiliza un aprendizaje compartido con la familia. Así se ofrece una continuidad entre el primer ciclo y el segundo.

Bibliografía: 
- Sanchidrían, Carmen y Ruiz Berrio. Julio (Coords.) (2010).Hostoria y perspectiva actual de la Educación Infantil. GRAO.
- Apuntes de clase.
http://edu.jccm.es/cp/cristoballopez/index.php/legislacion/educacion-infantil/55-decreto-672007-curriculo-2o-ciclo-infantil.html

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